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FRAGMENTO SOBRE MEDIO AMBIENTE. CONSTITUCIóN DE LA CIUDAD AUTóNOMA DE BUENOS AIRES. ARGENTINA

FRAGMENTO SOBRE MEDIO AMBIENTE. CONSTITUCIóN DE LA CIUDAD AUTóNOMA DE BUENOS AIRES. ARGENTINA


CAPITULO CUARTO

Ambiente



ARTÍCULO 26.- El ambiente es patrimonio común. Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras.


Toda actividad que suponga en forma actual o inminente un daño al ambiente debe cesar. El daño ambiental conlleva prioritariamente la obligación de recomponer.


La Ciudad es territorio no nuclear. Se prohibe la producción de energía nucleoeléctrica y el ingreso, la elaboración, el transporte y la tenencia de sustancias y residuos radiactivos. Se regula por reglamentación especial y con control de autoridad competente, la gestión de las que sean requeridas para usos biomedicinales, industriales o de investigación civil.


Toda persona tiene derecho, a su solo pedido, a recibir libremente información sobre el impacto que causan o pueden causar sobre el ambiente actividades públicas o privadas.


ARTÍCULO 27.- La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueve:


1. La preservación y restauración de los procesos ecológicos esenciales y de los recursos naturales que son de su dominio.


2. La preservación y restauración del patrimonio natural, urbanístico, arquitectónico y de la calidad visual y sonora.


3. La protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras, y garantiza su uso común.


4. La preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y parquizadas, parques naturales y zonas de reserva ecológica, y la preservación de su diversidad biológica.


5. La protección de la fauna urbana y el respeto por su vida: controla su salubridad, evita la crueldad y controla su reproducción con métodos éticos.


6. La protección, saneamiento, control de la contaminación y mantenimiento de las áreas costeras del Río de la Plata y de la cuenca Matanza-Riachuelo, de las subcuencas hídricas y de los acuíferos.


7. La regulación de los usos del suelo, la localización de las actividades y las condiciones de habitabilidad y seguridad de todo espacio urbano, público y privado.


8. La provisión de los equipamientos comunitarios y de las infraestructuras de servicios según criterios de equidad social.


9. La seguridad vial y peatonal, la calidad atmosférica y la eficiencia energética en el tránsito y el transporte.


10. La regulación de la producción y el manejo de tecnologías, métodos, sustancias, residuos y desechos, que comporten riesgos.


11. El uso racional de materiales y energía en el desarrollo del hábitat.


12. Minimizar volúmenes y peligrosidad en la generación, transporte, tratamiento, recuperación y disposición de residuos.


13. Un desarrollo productivo compatible con la calidad ambiental, el uso de tecnologías no contaminantes y la disminución en la generación de residuos industriales.


14. La educación ambiental en todas las modalidades y niveles.


ARTÍCULO 28.- Para asegurar la calidad ambiental y proveer al proceso de ordenamiento territorial, se establece:


1. La prohibición de ingreso a la Ciudad de los residuos y desechos peligrosos. Propicia mecanismos de acuerdo con la provincia de Buenos Aires y otras jurisdicciones, con el objeto de utilizar o crear plantas de tratamiento y disposición final de los residuos industriales, peligrosos, patológicos y radiactivos que se generen en su territorio.


2. La prohibición del ingreso y la utilización de métodos, productos, servicios o tecnologías no autorizados o prohibidos en su país de producción, de patentamiento o de desarrollo original. La ley establecerá el plazo de reconversión de los que estén actualmente autorizados.


ARTÍCULO 29.- La Ciudad define un Plan Urbano y Ambiental elaborado con participación transdisciplinaria de las entidades académicas, profesionales y comunitarias aprobado con la mayoría prevista en el artículo 81, que constituye la ley marco a la que se ajusta el resto de la normativa urbanística y las obras públicas.


ARTÍCULO 30.- Establece la obligatoriedad de la evaluación previa del impacto ambiental de todo emprendimiento público o privado susceptible de relevante efecto y su discusión en audiencia pública.


Fecha: 2004-08-12
Fuente: http://www.accionporlagente.com.ar


Links relacionados:
. http://www.accionporlagente.com.ar/const_ciudad_bs_as.htm

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Respuestas a esta discusión

Que buen tema se a escogido, Me gusta mucho como inicia el art 26. ( El ambiente es patrimonio común) es importante destacar esta frase ya que siempre utilizamos (medioambiente) osea la mitad . en particular opino que es ambiente y en ello todo lo que nos rodea incluyendo a nosotros mismos como piedra fundamental de su destrucción.
Con solo sentarnos por un rato frente a un lindo paisaje, podemos determinar lo vulnerable e inconciente que somos frente al mundo que nos rodea, y lo unidos que estamos en crear estrategias para destruirlo pensando talvez que hemos evolucionado.
Pues sí hemos evolucionado queremos tanto nuestro planeta que lo destruimos ,para lograr nuevas galaxias dejandole el trabajo a las nuevas generaciones y una gran enceñanza de evolución ,que grandes somos. Bueno en realidad este no es el tema el tema es recuperarlo pero para eso tenemos grandes cientificos que estudian para lograrlo en el menor tiempo.
Yo en particular sugiero que tenemos las herramientas necesarias para darnos cuenta que nos hemos equivocado y podemos recapacitar, echar culpa seria lo mas fasil ,pero no , lo conveniente es empezar a construir y rescatar viejas construbres que fueron utilizadas en forma ordenada y de acuerdo con el lugar, tomandolas como enseñanzas y poniendolas en practica de acuerdo a esta nueva era moderna, creo que si podemos de la misma forma como una vez nos unimos para destruirla podemos unirnos para mejorarla y armonizar entre nosotros un mejor despertar, es duro y talvez necesitemos mucho tiempo, pero lo importante es iniciar, yo iniciare con esta pero estoy seguro que en esta pagina encontrare personas mas capaces y juntos construirla...............Gracias por su atención y un beso a mi amiga Nancy por su iniciativa..................su amigo Hercules Guauuuuuuuu

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